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Declare los alquileres de vivienda en su IRPF

Si no los declara, acabará soportando un mayor coste fiscal.

Ámbito: Fiscal
Publicado el 11 mayo 2026

Los rendimientos procedentes del alquiler de viviendas, en general, disfrutan de una reducción del 50% en el IRPF, de forma que solo tributa el 50% restante. (En caso de arrendamientos formalizados antes del 26 de mayo de 2023, la reducción aplicable es del 60%, por lo que sólo se tributa por el 40% de las rentas). Sin embargo, muchos contribuyentes no los declaran, ya que piensan que Hacienda no detectará esta omisión.

Pues bien, Hacienda suele detectar esta “trampa”: 

  • En primer lugar, porque si el inquilino presenta IRPF, incorporará los datos de la vivienda en su declaración.
  • Y, en segundo lugar, porque las compañías eléctricas informan a Hacienda de los consumos de las viviendas (de forma que la Inspección puede detectar rápidamente si están ocupadas o no).

Además, si estos rendimientos no se declaran y es Hacienda quien los detecta, la reducción del 60% ya no será aplicable (y el IRPF se aplicará sobre el 100% de los rendimientos). Una razón más, por tanto, para declararlos y evitar problemas con el fisco. 


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